El pasado 11 de diciembre de 2014 alrededor de las 8:00 horas, ante la invasión al predio conocido como La Grilla, perteneciente a la comunidad indígena Wixárika y Tepehuana de San Lorenzo de Azqueltán, del municipio de Villa Guerrero, Jalisco, por parte de Ejidatarios, dicha comunidad instaló un campamento de protección territorial ante la amenaza de confrontación que recibieron el día 15 de diciembre, misma que fue encabezada por el invasor José Marqués Nuñez y que ha sido persistente hasta el día de hoy en contra de los comuneros que forman parte de la comisión que se nombrara en la asamblea general para realizar el desalojo de ganado que ha sido introducido de manera ilegal por los ejidatarios en el paraje La Grilla, que se encuentra lejos de las tierras pertenecientes el Ejido de San Lorenzo de Azqueltán y forma parte de los terrenos de la Comunidad indígena.
La invasión de dicho predio ha sido denunciada en reiteradas ocasiones ante el ministerio público con sede en Villa Guerrero, Jalisco; sin que a la fecha se inicie procedimiento alguno en contra de los invasores.
Los ejidatarios del núcleo agrario de San Lorenzo Azqueltan han venido rentando e invadido terrenos comunales, cobijados con la falta de certeza jurídica producto de años de negligencia por parte de instancias gubernamentales como la Procuraduría Agraria que se ha negado a la reiterada solicitud de la Comunidad Indígena de que sean deslindados los terrenos del ejido y se ponga un alto a la impunidad con que actúan los ejidatarios y supuestos pequeños propietarios.
Por ello, hacemos un llamado a las instancias de gobierno municipal encabezado por el primer edil Rodolfo Rivas Valdez para que las Direcciones de Ganadería y Seguridad Pública sean respetuosos de los derechos territoriales de la Comunidad Indígena de San Lorenzo de Azqueltán, tal y como lo dispone el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo en sus artículos 14, 17 y 18, en relación con el artículo 1° de nuestra Carta Magna que los obliga al respeto de nuestros derechos territoriales, así como se establece textualmente en el artículo 18 del citado convenio: “La ley deberá prever sanciones apropiadas contra toda intrusión no autorizada en las tierras de los pueblos interesados o todo uso no autorizado de las mismas por personas ajenas a ellos, y los gobiernos deberán tomar medidas para impedir tales infracciones.” Por tanto deben abstenerse de contribuir al despojo del que han sido objeto los terrenos comunales que ha costado a los comuneros ser desalojados de los terrenos que han poseído desde tiempos inmemoriales, la privación del acceso a sus fuentes de agua y la destrucción del bosque, así como recurrentes agresiones hacia las autoridades agrarias.
Por todo lo anterior exigimos:
1.Respeto absoluto a la posesión de la comunidad Wixárika y Tepehuana sobre los terrenos comunales, particularmente sobre el predio denominado La Grilla.
2.Que la Procuraduría Agraria realice de manera urgente un deslinde en campo de los terrenos que fueron dotados al ejido San Lorenzo Azqueltán, mismos que difieren completamente de las tierras de la Comunidad Indígena de San Lorenzo de Azqueltán.
3.Que sean apercibidas las autoridades ejidales de que se abstengan de vender, rentar u otorgar cualquier tipo de derechos en los terrenos de la comunidad indígena.
Mandar acción urgente a:
Ing. Gonzalo Moreno Arévalo
Delegado Federal de la Procuraduría Agraria Jalisco.
Teléfono y Fax: Lada 0133, 36163085, 36163087 Ext 112.
jal_del@pa.gob.mx
Rodolfo Rivas Valdez
Presidente Municipal Villa Guerrero, Jalisco.
Independencia No. 23 C.P. 46100, Villa Guerrero, Jalisco.
presidencia@villaguerrero.gob.mx
01 (437) 964 5052, 01 (437) 964 5047.
Agente del Ministerio Público Adscrito a Villa Guerrero, Jalisco.
Hidalgo No. 140 C.P. 49100 Tel. 01 (437) 9645493
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